jueves, 6 de mayo de 2010

Legislación Laboral

Quiero comenzar diciendo que no pretendo hacer un análisis, imposible en este espacio, de la legislación laboral, por otro lado compleja y extensa.  Sólo pretendo exponer algunos detalles que considero que deberían ser cambiados y que ante la inminente "reforma", pienso que serían positivos para la economía y el bienestar de los ciudadanos.

En primer lugar me gustaría tratar los convenios colectivos. Los convenios son negociados, como todo el mundo sabe, por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. No voy a entrar en el concepto de representatividad y en el debate de a quién representan realmente, porque entiendo que  excede de mis pretensiones ahora. Una vez negociado un convenio, generalmente a nivel nacional, se establecen las condiciones laborales que afectan a todos los trabajadores y empresas del sector al que se refiere. Luego pueden existir, y de hecho es lo común, convenios provinciales, que siempre han de mejorar (entiéndase a favor del trabajador) las condiciones que el convenio nacional marca. Cuando se publica y es obligatorio su cumplimiento, empresario y trabajador se ven sujetos al mismo ( hayan o no participado en él: es decir pertenezcan o no ambos al sindicato y organización empresarial en cuestión: muy democrático, como ven). ¿Qué sucede entonces? El convenio establece una serie de obligaciones y deberes que están fijadas "manu militari", sin tener en cuenta, en absoluto, la realidad de la empresa a la que se va a aplicar. De tal suerte que un gran almacén tiene el mismo convenio ( a no ser que tenga uno propio, y entonces tiene que ser "mejor"), que un pequeño comercio, por ejemplo. Si nos centramos en el ámbito salarial nos lleva a que unos señores han decidido cuál es el salario de un trabajador sin conocer la situación de la empresa a la que va a ser aplicado. ¿Qué sucede? En condiciones de bonanza económica es probable que no haya ningún problema en el cumplimiento del mismo ( aunque lo que digo aquí vale para cualquier coyuntura económica), pero cuando hay crisis económica y el factor trabajo es abundante ( hay excedente ), y las empresas tienen márgenes menores, si cumplimos con el convenio, se da la paradoja, que el trabajador puede cobrar más de lo que produce (uniendo al salario del convenio los impuestos al trabajo vía Seguros Sociales, etc.). Por lo tanto el empresario tiene dos soluciones, o bien incumple el convenio o bien no contrata. Ambas son negativas para el empresario y para el trabajador. Si no cumple el convenio será negativa para el empresario porque podrá ser demandado en cualquier momento, y para el trabajador porque se siente engañado, estafado. Si por el contrario no contrata la mano de obra necesaria para la producción es negativo para el empresario porque tiene que buscar el recurso que necesita de otra forma (externalizándolo fuera del  país, trabajando él más horas - piensen en una pequeña empresa familiar - o dejando de producir) y para el trabajador porque no encuentra trabajo, no es contratado. Existen otros aspectos de los convenios colectivos, no sólo los puramente salariales que no contemplan la realidad de la empresa, como las medidas de seguirdad a tomar, las sanciones, etc. Pero no voy a entrar hoy en este tema. Con este botón de muestra creo que es suficiente.

Otro aspecto a mejorar sería los salarios de tramitación. Cuando se habla del abaratamiento del despido, se piensa siempre en los famosos 45 días por año trabajado, pero en la mayoría de los casos ( excepto que el trabajador lleve muchos años en la empresa), el coste mayor son los salarios de tramitación. Para quien no esté al día en el concepto, se trata de los salarios que el trabajador ha dejado de percibir y que el empresario tendrá que abonar, en el caso de un despido que es declarado improcedente. Y los tendrá que abonar desde la fecha en la que se produjo el despido hasta la fecha en la que se dicte la sentencia (aquí tiene el empresario la opción de la readmisión o el pago de la indemnización y los salarios de tramitación). Todo coste adicional que se le impute al factor trabajo el empresario ha de contabilizarlo hora a hora y compararlo con lo que produce el trabajador. De la diferencia de ambos ítems sale el beneficio empresarial sobre el factor trabajo, y mientras más alto sea el coste más ha de producir el trabajador para que el empresario decida contratar. Por ejemplo: una empresa pequeña ( como la mayoría que sostiene este país), con un autónomo ( el empresario) y dos trabajadores, que se dedican a la confección de  muebles de madera. Si la empresa comienza a prosperar y reciben más encargos que no puede asumir con los trabajadores actuales, el empresario acude al mercado de trabajo en busca de mano de obra. Cuando lo hace tiene que calcular cuanto cuesta este factor. Cuanto le va a costar su contratación. Y en el coste ha de incluir, si hace las cosas bien, no sólo los costes de salarios e impuestos del trabajo, sino también aquellos costes como el despido o los posibles salarios de tramitación, así como las bajas laborales, las vacaciones, etc. Mientras más suba este coste más ha de producir el trabajador en el mismo tiempo de trabajo ( más productivo ha de ser) para que el empresario decida contratarlo y acometer el pedido por el cual buscó mano de obra. Como los costes son cada vez más altos, el empresario decide no contratar al trabajador y o bien hace horas extras él y los trabajadores actuales para acometer el pedido, o bien contrata a un trabajador bajo convenio, con el riesgo de la denuncia y posterior desembolso de aún más dinero.  En definitiva, todo coste adicional al salario va a mermar, en última instancia, el número de empleados que la empresa tenga y agregadamente el número de parados de la economía.

Otro aspecto importante son los contratos de trabajo. En España hay infinidad de modelos de contratos de trabajo: fijos, fijos discontinuos, por otra o servicio, eventuales, de sustitución, prácticas, a tiempo parcial, etc. El entramado de contratos que existe en la legislación simplemente es inútil. No sirve en absoluto para nada. Cualquier empresario que contrate a un trabajador con un contrato eventual sin causa es inmediatamente fijo. Sería, desde mi modesto punto de vista, mucho más efectivo que existiese un único contrato de trabajo, en el que se reflejan las condiciones para las que se va a contratar al trabajador. Trabajador y empresario pactan sus condiciones libremente en un documento por el tiempo que se estime pertinente y bajo las condiciones que se establezcan entre ambos.
La multitud de contratos lleva a que se hable de precariedad, eventualidad, etc. Conceptos que no hacen más que reflejar una realidad. El empresario tiene miedo de hacer a un trabajador indefinido porque no sabe qué va a pasar en el futuro. No sólo con respecto al negocio en sí, sino con respecto al propio trabajador. Es normal que un trabajador comience su producción en una empresa a un buen ritmo y que con el paso del tiempo vaya bajando su productividad por muy diversos motivos. El empresario teme, y por tanto contrata de forma temporal, la mayor de las veces de forma fraudulenta ( tema que no voy a tratar aquí ahora), por lo que se ven perjudicados el trabajador, porque no tiene estabilidad, y el empresario porque no tiene seguridad.
Un único contrato en el que se pactaran las condiciones laborales específicas del puesto de trabajo sería lo más adecuado y más acertado cara a la productividad del trabajador, y a las características del puesto y de la empresa en concreto.

He tratado sólo tres aspectos del mercado de trabajo. Si el temas es de interés seguiré otro día con otras propuestas. En apariencia he beneficiado en todo caso al empresario con estas medidas, pero nada más lejos de la realidad. A ningún empresario le gusta tener que despedir a personal, a ningún empresario le gusta tener que incumplir la ley o tener que hacer que los actuales trabajadores y él mismo hagan horas extras para cubrir ciertos pedidos. Si el mercado fuera más flexible, en el sentido aquí expuesto, el número de empleados contratados aumentaría y qué mejor política social que tener empleo, qué medida mejor para el trabajador que tener trabajo...

Muchas gracias y un cordial saludo a todos.

1 comentario:

  1. Felicidades por el post.
    Muy interesante e instructivo para los que sabemos poco de temas laborales.

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